Como trabajadores, tenemos algunos derechos que son más bien concesiones que permite la ley. Una de ellas es la excedencia voluntaria, pero, aunque se trata de una figura conocida, quienes ejercen este derecho, acuden a un abogado laboralista Sevilla pensando que se trata de un año sabático y no es lo mismo.

Ciertamente existe similitud entre la excedencia voluntaria y el año sabático en que el trabajador se separa de su cargo, pero ésta es la única semejanza.

La excedencia voluntaria, como lo indica su nombre, es un acto que depende únicamente de la manifestación de voluntad del trabajador. Así mismo, el trabajador no está obligado a expresar los motivos por los que la solicita, al contrario, esta figura tiene por fin que él pueda mantener en privado las causas que han motivado su decisión.

En consecuencia, se trata de una figura que refleja una amplia libertad para el trabajador, ya que si ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos para concederla, el jefe no podrá negarse. No obstante, existen casos en los que dicha oposición se produce y el trabajador debe ejercer el derecho de obtener la excedencia voluntaria mediante un procedimiento judicial.abogado laboralista sevilla

No todo es lo que parece

Evitar la confusión con el año sabático es fundamental, porque el mayor problema de la excedencia voluntaria es que, una vez solicitada y aprobada, sus efectos son irreversibles.

La consecuencia que más sorprende a los trabajadores es que pretenden regresar a su cargo una vez concluido el tiempo de su ausencia, pero esto no es posible.

Este beneficio no otorga el derecho de reservar el puesto de trabajo, solamente reconoce un derecho preferencial en caso de existir una vacante que pueda ser asumida por el trabajador. En este sentido, antes de decidir un asunto tan relevante, busque la mejor asesoría al respecto.

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